REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de agosto de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

Vista la diligencia presentada en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veinticinco (2025), ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Tribunal, suscrita por el abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363) en la cual solicito: “…en virtud que no hubo cumplimiento del acuerdo firmado por la parte demandante en fecha 10 de marzo de 2025, solicito a este honorable tribunal se continué con el presente procedimiento…” (… (Sic). En tal sentido, este tribunal le informa que en virtud de que se evidencia que hasta la presente fecha no consta en autos las notificaciones libradas en fecha seis (06) de febrero de 2024 relacionadas con la admisión de la presente demanda, en consecuencia, se advierte que una vez conste en auto la ultima de las notificaciones se procederá a reanudar la presente causa.-

La Jueza,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria Temporal,



Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS. S.



Exp. NºJP41-G-2023-000051
NCQV/DDBS/imag