REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (01) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

Visto que este Juzgado Superior, en fecha veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), mediante auto, ACORDO abrir cuaderno separado a los fines de emitir pronunciamiento respecto a la medidas cautelar de suspensión de efectos así como la medida innominada interpuesta conjuntamente con el presente recurso, este Juzgado, ordena abrir el respectivo cuaderno de medida.

La Juez,



Abg. NEYLA C. QUINTANA V.


La Secretaria,



Abg. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.












Exp. Nº JP41-G-2025-000071
NCQV/DDBS/ezr