REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Visto que este Juzgado Superior, en fecha primero (01) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), mediante auto, ACORDO abrir cuaderno separado a los fines de emitir pronunciamiento respecto a la medidas preventivas de embargos, interpuesta conjuntamente con la presente acción, este Juzgado, ordena abrir el respectivo cuaderno de medida.
La Juez,
Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abg. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-G-2025-000069
NCQV/DDBS/ezr