REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º
Visto que en fecha dieciséis (16) de enero del presente año, la abogada Miraida María GARCÍA SULBARAN (INPREABOGADO Nº 272.549), actuando con el carácter de Sindica Procuradora de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, tercera parte interesada en el presente asunto, mediante diligencia consignó los Antecedentes Administrativos que guardan relación con la presente causa, y expuso: “se informa, que la Oficina de Dirección de Recursos Humanos del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Juan Germán Roscio Nieve, simultáneamente dio inicio a la sustanciación del trámite correspondiente al conocimiento del Derecho a la Jubilación del Querellante. Trámite que se encuentra suspendido hasta tanto el Beneficio consigne las documental requeridas para la verificación del lapso de antigüedad. Se anexa copia certificada del expediente laboral del ciudadano Rodolfo Enrique García Villasmil, titular de la cedula de identidad Nº v- 7.186.475, contentivo de Doscientos diecinueve (219) folios útiles…”, este Juzgado, ordena agregar a los autos y abrir el respectivo cuaderno separado.
La Jueza,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria (Tmp.),
Abog. DIXGINETT DEL V. GRATEROL A.
Exp. Nº JP41-G-2024-000002
NCQV/DDGA/djmr