REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.
Caracas, 27 de febrero de 2025
Años: 214º y 165º

Visto el escrito de fecha veinticuatro (24) de febrero de 2025, presentada de manera conjunta por el ciudadano Yolmar Gabriel Hernández Garcés, titular de la cédula de identidad N° V-10.336.084, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Henry Gutiérrez Casique, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.278, y por el ciudadano Jhonns Oliver Grimaldos López, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Dannys Alejandro Mota Faria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 205.808, donde consignaron transacción judicial con el propósito de poner fin a la controversia; este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción en los términos expuestos. Es todo.-

EL JUEZ

MARCOS DE ARMAS ARQUETA
LA SECRETARIA

MARYORY TORRES TORRES











MDAA/mtt.-
Expediente N° 2024-001393
Cuaderno principal N° 1