REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º
Visto que en fecha dieciocho (18) de febrero del presente año, mediante diligencia del ciudadano Abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), comparece ante este juzgado en su condición de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Autónomo Santa Maria de Ipire del Estado Bolivariano de Guárico, según consta poder el cual riela en los folios 74-75, parte actora en el presente asunto, solicitó: “…Copia certificada de la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2017 la cual corre del folio 271 al folio 279 y vuelto y la sentencia de la Corte Primera de los Contencioso administrativo lo cual se encuentra del folio 294- al 307 y vuelto es todo…”, Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto constan en original en el expediente.
La Jueza,
Abog (a). NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria (Temporal),
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS. S.
Exp. Nº JP41-G-2015-000080
NCQV/DDBS/ djmr