REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de febrero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: AP42-R-2015-000701 nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio Nº: 2025-0079, de fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veinticinco (2025), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Joseph TOPEL CAPRILES (INPREABOGADO Nº 14.125), actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil INMOBILIARIA DIMOBE, C.A., contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha doce (10) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), la cual declaró: “…LA PÉRDIDA DEL INTERÉS de la parte apelante, y la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente apelación, quedando firme el fallo apelado…”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza principal, constante de doscientos treinta y siete (237) folios útiles y un (01) cuaderno separado de ochenta (80) folios útiles, respectivamente.

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,



Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2014-000013
NCQV/DDBS/ysmv