REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: AP42-R-2016-000011 nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio Nº: 2025-0106, de fecha doce (12) de febrero de dos mil veinticinco (2025), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano ORLANDO ANTONIO DOMÍNGUEZ ESTÉVEZ (Cédula de Identidad Nº V-8.617.841), asistido por la abogada Milagros FIGUEROA BLANCO (INPREABOGADO Nº 31.358) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil dieciséis (2016), la cual declaró: “…1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación (...) 2. DESISTIDO el recurso de apelación incoado. 3. CONFIRMA el fallo conocido en consulta…”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza principal, constante de ciento cincuenta y cinco (155) folios útiles y un (01) expediente administrativo, relacionado con la presente causa.

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,



Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2014-000093
NCQV/DDBS/ysmv