REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: 2019-598 nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio Nº: 2025-0124 de fecha trece (13) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana TRIDY MILEYDA RONDÓN PÉREZ (Cédula de Identidad N.º V- 14.147.754), asistidapor el abogado Almilkar PERDOMO ZIEMS (INPREABOGADO Nº 75.540), actuando con el carácter de apoderado judicial encontra de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO GUÁRICO (SUATEG). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha veintidós (22) de junio de dos mil veintiuno (2021), la cual declaró: “…1. Su COMPETENCIA para conocer la consulta de Ley de la sentencia dictada, en fecha 20 de mayo de 2019, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana TRIDY MILEYDA RONDÓ PÉREZ, contra la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO GUÁRICO (SUATEG). (...) 2. PROCEDENTE entrar al conocimiento del asunto en Consulta de Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (...). 3. Se declara que ha operado la CADUCIDAD de la acción. (...). 4. Se REVOCA el fallo objeto de consulta (...). 5. Se declara INADMISIBLE in limine Litis la querella funcionarial interpuesta por la TRIDY MILEYDA RONDÓN PÉREZ, contra la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO GUÁRICO (SUATEG).(...). 6. Se declara FIRME el acto administrativo contenido de la Resolución No. SUATEG-INTERNA-2018-05-001, emanando de la Superintendente de Administración Tributaria del estado Guárico, mediante la cual laciudadana TRIDY MILEYDA RONDÓN PÉREZ fue removida del cargo de Gerente de Recursos Humanos. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza judicial, constante de ciento sesenta y uno (161) folios útiles.-

La Jueza,




Abog (a). NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,



Abog (a). DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2018-000016
NCQV/DDBS/ djmr