REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO.
Actuando en Sede Civil.

215º y 165º

Altagracia de Orituco, Veinte (20) de Febrero de 2025.-

TIPO DE RESOLUCIÓN: SENTENCIA INTERLOCUTORIA.-
NÚMERO DE SENTENCIA: 09-20022025.-
NÚMERO DE SOLICITUD: 25-9072.-
ASUNTO: SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO. DEJÁNDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.-
SOLICITANTE: ALEXIS JOSE BARRIOS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-13.858.488, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE DE EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES E INTERESES, DE ESTE DOMICILIO.-
ABOGADO ASISTENTE: JOSE MIGUEL DEL CORRAL GUAHZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 15.904.-
I
GENERALIDADES

En relación a una Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, peticionada por el ciudadano ALEXIS JOSE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.858.488, actuando en su propio nombre de ejercicio de sus derechos civiles e intereses, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSE MIGUEL DEL CORRAL GUAZH, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.904, donde solicita en su condición de único sobrino sobreviviente, sea declarado como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus, JOSEFINA BARRIOS, quien en vida fuese de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.089.735, falleció Ab Intestato en fecha 05-04-2023 en el Hospital “Dr. José Francisco Torrealba” de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, siendo causa de muerte INFARTO MESENTERICO, ENFERMEDAD ARTEREOESCLEROTICA OBSTRUCTIVA CRONICA, según consta en ACTA DE DEFUNCIÓN, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, signada con el Nº 104 de fecha 04/05/2023, cursa en la Solicitud en el folio 05 y 06.-

II
MOTIVACIÓN
Asimismo, se evidencia del contenido de (05) copias certificadas de ACTA DE DEFUNCIÓN correspondientes a sus hermanos, la primera: JUANA BARRIOS, fallecida Ab Intestato en fecha 05-09-2013, según consta Acta Nro. 224 en fecha 06-09-2013, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, tuvo 2 hijos de Nombres WILLIANS RAFAEL BARRIOS, fallecido Ab Intestato en fecha 20-09-2014, según consta Acta Nro. 114 en fecha 20-09-2013, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco del Municipio Girardot del Estado Aragua y SOBREVIVE ALEXIS JOSE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.858.488; el segundo: JULIAN AMADOR BARRIOS, fallecido Ab Intesto en fecha 25-06-2019, según consta Acta Nro. 165 en fecha 08-07-2019, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, quien no dejo hijos legítimos ni naturales y el Tercero: PEDRO MIGUEL BARRIOS, fallecido Ab Intestato en fecha 29-07-2021, según consta Acta Nro. 14 en fecha 14-01-2.022 expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, cursante a los folios del 05 al 13 en la presente solicitud , actas que de conformidad con lo previsto en el Articulo 12 de la Ley de Registro Civil constituyen plena prueba del estado civil de las personas.
El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la Solicitud en referencia, procedió a admitir por ante este mismo Juzgado, en fecha 30/01/2025, promovido por el solicitante, procedió a la evacuación testimonial de los ciudadanos SAMUEL DAVID PUINCHE y ALEJANDRO PUINCHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-3.219.120 y V-6.610.830, respectivamente, valorando como plena prueba la deposición en relación a las declaraciones , estas se valoran como plenas, conforme al artículo 12 ejusdem, a los fines de establecer que la De Cujus, JOSEFINA BARRIOS, quien en vida fuese de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.089.735, falleció Ab Intesto en fecha 05-04-2023 en el Hospital “Dr. José Francisco Torrealba” de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, siendo causa de muerte INFARTO MESENTERICO, ENFERMEDAD ARTEREOESCLEROTICA OBSTRUCTIVA CRONICA, según consta en ACTA DE DEFUNCIÓN, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, signada con el Nº 104 de fecha 04/05/2023, cursa en la Solicitud en el folio 05 y 06, dejó como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a su ÚNICO SOBRINO SOBREVIVIENTE ALEXIS JOSE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.858.488, de éste domicilio (dejándose a salvo los derechos de terceros).-

III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el referido Código Adjetivo, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia, en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: de conformidad con lo establecido en el Articulo 825 del Código Civil se declara CON LUGAR la Solicitud de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO y en consecuencia con forme a los autos se declara al ciudadano ALEXIS JOSE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.858.488 como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de los derechos sobre los bienes dejados por la De Cujus JOSEFINA BARRIOS, quien en vida fuese de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.089.735, falleció Ab Intesto en fecha 05-04-2023 en el Hospital “Dr. José Francisco Torrealba” de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, siendo causa de muerte INFARTO MESENTERICO, ENFERMEDAD ARTEREOESCLEROTICA OBSTRUCTIVA CRONICA, según consta en ACTA DE DEFUNCIÓN, expedida por la otrora Registradora Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, signada con el Nº 104 de fecha 04/05/2023, (dejándose a salvo los derechos de terceros).-
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en el Artículo 825 del Código Civil se declara con lugar y como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a su ÚNICO SOBRINO SOBREVIVIENTE ALEXIS JOSE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.858.488, de éste domicilio (dejándose a salvo los derechos de terceros).-
Expídanse las copias certificadas por secretaría que fueren menester al solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Altagracia de Orituco, a los Veinte (20) días del mes de Febrero de 2.025.- Años: 215° de la Independencia y 165° de la Federación.-

EL JUEZ,

ABG. DONNY REINALDO SILVA PEREIRA.-

EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL SIMÓN MORILLO.-



En fecha 20/02/2.025, siendo las 3:00 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia, dándosele cumplimiento a lo ordenado.-------------------------------------------------------------------------

EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL SIMÓN MORILLO













DRSP/asm/mt.-
Sol. Nro. 25-9072.-
Único y Universal Heredero.-