REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros; quince (15) de julio de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

Vista la consignación de fecha veinte (20) de junio de dos dos mil veinticinco (2025), en su carácter de Alguacil Suplente del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico, mediante la cual expuso: “…Consigno y devuelvo la Comisión Nº 4475-2024, en virtud que la dirección suministrada en la presente comisión dista más de 500 metros de la sede del Tribunal y la parte interesada no ha realizado las diligencias pertinentes para realizar dichas Notificación por cuando las parte interesada no ha cumplido con el impulso de la presente; en consecuencia la devuelvo en el estado que se encuentra...”. Ahora bien, por cuanto se evidencia que la notificación de la respectiva boleta resulto infructuosa, se ordena librar nueva boleta de notificación dirigida a la ciudadana ZORILETH MARGARITA TORO (Cédula de Identidad Nº V-.12.635.233) a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Tribunal. Líbrese boleta.
La Jueza,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria Temporal,



Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS.


Exp. Nº JP41-G-2024-000020
NCQV/DDBS/imag