REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de junio de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Vista de la diligencia de fecha, nueve (09) de junio de dos mil veinticinco (2025), presentada por la abogada DILSYS VALERA GOMEZ, (inscrita en el INPREABOGADOS Nº 55.193, en su carácter como co-apoderada judicial DE LA procuraduría del estado Bolivariano de Guarico, mediante la cual expuso: “En virtud de que en fecha 22/02/2022, este Juzgado emite decisión mediante la cual declara Sin Lugar la acción interpuesta y tomando en consideración que no queda nada que ejecutar en presente expediente, solicito respetuosamente se declare terminada la causa y ordene el cierre y archivo del presente asunto”; y revisada como han sido las actas que conforman el presente asunto se evidencia, que no queda ninguna actuación por realizar, por tanto, este Órgano Jurisdiccional, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada de ciento veinte (120) folios útiles.
La Jueza,
Abog. NEYLA C. QUINTANA VENTURA
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2021-0000009
NCQV/DDBS