REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de marzo de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, (hoy el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, declaró PÉRDIDA DEL INTERÉS el recurso por abstención o carencia, interpuesto por el ciudadano JOSÉ GABRIEL GONZÁLEZ ESPINOZA (Cédula de Identidad Nº V- 13.448.101), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO) , en consecuencia y no quedando nada por ejecutar en el expediente, este Tribunal, declara PÉRDIDA DEL INTERÉS DE LA PARTE APELANTE, Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO la causa, y se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal constante de doscientos sesenta y ocho (268) folios útiles.
La Jueza,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS. S.
Exp. Nº JP41-G-2015-000040
NCQV/DDBS/ djmr