REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Vista la diligencia de fecha treinta (30) de abril de presente año, presentado por el abogado Manuel Octavio PIÑERO HIDALGO (INPREABOGADO Nº 157.337), en su carácter de co-apoderado judicial de la Procuraduría del Estado Bolivariano de Guárico y revisadas como han sido de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que no queda ninguna actuación por realizar, por tanto, este Órgano Jurisdiccional, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de dos (02) piezas jurídicas, la primera contentiva de doscientos treinta y seis (236) folios útiles y la segunda pieza contentiva de (123) ciento veintitrés folios útiles, un (01) cuaderno separado, un (01) expediente administrativo constante de noventa (90) folios útiles.
La Jueza,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS. S.
Exp. JP41-G-2011-000017
NCQV/DDBS/ imag