REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de mayo de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: 2024-273 nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio Nº: 2025-0193, de fecha cinco (05) de marzo de dos mil veinticinco (2025), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano ROBERTH JESÚS CADIZ PASQUIER (Cédula de Identidad Nº V-26.484.011), asistido por los abogador Yunior Rafael CEBALLOS PINTO y José Luis ACEVEDO PÉREZ (INPREABOGADOS Nros 55.600 y 257.748 respectivamente) contra la POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA (PNB). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025), la cual declaró: “…PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesto por el abogado Yunior Rafael Ceballos Pinto, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERTH JESÚS CADIZ PASQUIER, contra la sentencia de fecha 02 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación (…) TERCERO: CONFIRMA el fallo…”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza principal, constante de veintiséis (26) folios útiles.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2024-000025
NCQV/DDBS/ysmv