REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Visto que consta en autos la última de la notificaciones del auto de admisión de pruebas y estando en la oportunidad de evacuarlas, este Juzgado de conformidad con lo ordenado en el auto de admisión de pruebas dictado en fecha seis (06) de octubre de dos mil veinticinco (2025), ordena oficiar al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, a los fines de que practique la notificación a la Empresa y/o Centro de Acopia Aimaza, y del mismo modo, realice la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos José Rafael Cordero, Gustavo Díaz, María Bravo y Sonia Ramírez. Líbrese oficios.-
La Juez,
Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abg. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-G-2023-000069
NCQV/DDBS/ysmv