REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo de la demanda de Contenido Patrimonial interpuesto por el abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), Apoderado Judicial de la empresa estadal AGROGUÁRICO POTENCIA S.A., contra el ciudadano JOSE DANIEL MEDINA MORALES (Cédula de Identidad Nº V-15.527.692), este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que el órgano demandante en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, consigne el Convenio de Financiamiento de Insumos Agrícolas para Desarrollar el Proyecto de Plan Siembra Invierno del Ciclo 2020 el cual se menciona en el libelo de demanda, suscrito entre el ciudadano José Daniel Medina Morales y la empresa Agroguárico Potencia S.A. Por último se ordena notificar a la empresa antes mencionada del presente auto. Líbrese oficio.-

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.


Exp. Nº JP41-G-2023-000025
NCQV/DDABS/djvf