REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, quince (15) de octubre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º


Vista la diligencia presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado en fecha trece (13) de octubre de dos mil veinticinco (2025), suscrita por el abog. Edgar ESQUEDA (INPREABOGADO Nº 167.631), en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO MANUEL QUIARO GIMÉNEZ (Cedula de Identidad Nº 6.117.050), mediante la cual expuso “… apelo la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha seis (06) de octubre de dos mil veinticinco (2025), sobre la decisión interlocutoria la cual consta sobre el escrito de pruebas de fecha seis (06) de octubre de dos mil veinticinco (2025)…”, En consecuencia, este tribunal por cuanto no consta en autos la notificación del ciudadano Procurador General del estado Guárico, esto de conformidad con el artículo 50 de la Ley de la Procuraduría General del estado Guárico, se abstiene de emitir pronunciamiento respecto a la referida apelación hasta tanto conste en el expediente la resulta de la notificación ordenada, para la cual la parte actora deberá consignar los fotostatos necesarios. Líbrese oficio.


La Jueza,


Abog. NEYLA. C. QUINTANA V.


La Secretaria Temporal,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.







Exp. Nº JP41-C-2023-000069
NCQV/ DDBS/Erz