REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintinueve (29) de Octubre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº:AP42-R-2016-000098nomenclatura del Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana ANGIE DAYENNIC RÌOS ANDREA (Cédula de Identidad Nº V-13.238.042), asistida por el abogado JUAN BAUTISTA AGUIRRE NAVAS,(INPREABOGADO Nº 8.049)contra la DIRECCÌON EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURADEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud del auto de fecha 4 de noviembre de 2015. Mediante el cual hoy el Juzgado Estadal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, oyó el recurso de apelación de la parte querellante contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado Superior Estadal el 21 de noviembre de 2014. En la que declaro sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial. La cual declaró: “…1.PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte apelante. 2. EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente Recurso de Apelación. 3. FIRME el fallo apelado”… En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por dos (02) piezas judiciales constante de trescientos ochenta (380) folios útiles y la segunda constante de noventa y cinco (95) folios útiles, además un expediente disciplinario constante de ciento veintiséis (126) folios útiles y una pieza administrativa constante de ciento cincuenta y seis (156) folios útilesrelacionada conla presente causa.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-E-2011-000038
NCQV/DDBS/ezr