REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) octubre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

Visto que en fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102025000054 en la cual declaró “1… Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Declinatoria de competencia propuesta. 2. Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de perención de la instancia…” Todo ello relacionado con la demanda de contenido patrimonial interpuesta conjuntamente con medidas de prohibición de enajenar y gravar, por el abogado Rene del Jesús RAMOS FERMIN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando como Apoderado Judicial del ciudadano LORENZO RAMON MATHEUS GONZALEZ (Cedula de Identidad Nº V-16.804.281) en su carácter de presidente de la empresa estadal AGROGUARICO POTENCIA S.A, contra el ciudadano PEDRO MANUEL QUIARO GIMENEZ (Cedula de Identidad Nº V-6.117.050), En consecuencia, este Juzgado ordena librar los oficios respectivos. Líbrese Oficios.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria Temporal,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.





Exp. Nº JP41-G-2023-000069
NCQV/DDBS/djvf