REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de septiembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
Vista la consignación de fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), por el ciudadano JORGE MARTINEZ en su carácter de Alguacil de este Tribunal, mediante el cual expuso: “…Hago constar que en fecha once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025) intenté comunicarme a través de los números 0412-1367797 y 0235-1190801 con el ciudadano MANUEL ALBERTO PANTOJA (Cédula de Identidad Nº 5.331.074) a pesar de los intentos realizados fue imposible establecer comunicación con los números telefónicos antes mencionados, las llamadas no fueron atendidas y se verifico que dicho número no tiene un perfil de Whatsapp activo…”. Ahora bien, por cuanto se evidencia que la notificación de la respectiva boleta resultó infructuosa, se ordena librar nueva boleta de notificación dirigida al ciudadano antes mencionado a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Tribunal. Líbrese boleta.-
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria Temporal,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-G-2023-000016
NCQV/DDBS