REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de enero de dos mil veintiséis (2026)
215º y 166º




De la revisión de las actas que conforman este expediente, se evidencia, este Juzgado Superior advierte que, contra la decisión Nº PJ0102025000036 dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha siete (07) de julio de dos mil veinticinco (2025), en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial no se interpuso recurso alguno, por tanto se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.





La Juez,




Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.










Exp. Nº JP41-G-2024-000030
NCQV/DDBS/ezr