En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, ORDENA: La inmediata libertad del penado: JESUS ANTONIO BARRIOS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.380.052; por haber cumplido la pena principal que le fueron acumuladas el día 13-10-2002, como consta desde el folio 04 hasta el 07 de la quinta pieza, quedándole las mismas en un total de SIETE (07) AÑOS, SIETE (07) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS Y OCHO (08) HORAS, mas las penas accesorias contenidas en el articulo 16 del Código Penal Vigente. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, regístrese, notifíquese, líbrese los correspondientes oficios y cúmplase con las demás formali.....