Por los razonamientos anteriormente expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: 1.- Sin lugar la solicitud de regulación de competencia ejercida en la presente causa por los abogados ANTONIO BRANDO y LUIS RODOLFO HERRERA contra la sentencia dictada el 27 de noviembre del 2006 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de bolívares vía ejecutiva sigue la empresa MULTISERVICIOS COROZAL C.A. (MULTICORCA) contra INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES C.A. (INMERCA). 2.- Competente para conocer de la presente causa al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda confirmado el fallo apelado.
Por la naturaleza de la presente decisión, no h.....