Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BINES EN DIVORCIO, intentada por los ciudadanos MARIO RAFAEL AMENGUAL RIVERO Y DENISE DEL VALLE CENTENO YEGUEZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha siete (07) de diciembre de 2006, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, según acta de matrimonio Nº 527. -Notifíquese a las Autoridades correspondientes. -