Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a los fines de mantener la aplicación del debido proceso, garantizar una justicia imparcial, idónea, transparente y equitativa, como derechos y deberes de orden constitucional, en concordancia con lo establecido en el citado artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, DEJA SIN EFECTO la designación de defensor judicial a las co-demandadas MANUELA TONET y LORELLA TONET, efectuada en el auto dictado en fecha 9 de mayo de 2011 y SE REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado en que se agoten las gestione dirigidas a lograr la citación de las co-demandadas MANUELA TONET y LORELLA TONET.