Ahora vista, la incomparecencia de la parte demandante, y de su apoderado judicial ut supra identificado, a la prolongación de la audiencia preliminar, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:
SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO EN LA ACCIÓN INCOADA por el demandante ciudadano PEDRO GUILLERMO DOMINGUEZ FLORES, titular de la cédula de identidad N° V- 12.523.973 y de su apoderado judicial MARIANO GINNANTONIO HERNÁNDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 158.313, en contra de la demandada entidad de LABORATORIOS LA SANTE, C.A.
En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. por el desistimiento del proceso por la inasistencia de la parte demandante a la .....