Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Décimo (10º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos LUÍS ALBERTO RIBEIRO DA SILVA y JENNIE LIZBETH TRUJILLO VARGAS, ambos identificados al inicio de éste fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 18 de agosto de 2007, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda, según consta de original de Acta de Matrimonio anotada bajo el No. 308, Tomo 2, de fecha 18/08/2007, del Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2007. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión al Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, y al Registrador Princip.....