Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ZULEIMA DÍAZ PINEDA DE BRITO, en su condición de demandada, asistida por la abogada ANA MARÍA VILLARREAL en contra de la decisión dictada, en fecha 24 de abril de 2008, por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se confirma en todas sus partes. En consecuencia, se DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento del término, interpuesta por los ciudadanos YULITZA BEATRIZ BARRIENTOS MAIZO y REYNALDO JOSÉ ZAPATA BETANCOURT, en contra de la ciudadana ZULEIMA DÍAZ PIN.....