Por las razones expuestas, este Juzgado Primero Superior (1º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado LUIS DAVID BRICEÑO PÉREZ, contra la decisión de fecha 25 de noviembre de 2023, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la sentencia recurrida. TERCERO: Se ordena al Tribunal a-quo fijar una nueva fecha para la prolongación de la audiencia preliminar. CUARTO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.