Por todas las razones antes expuestas, este JUZGADO TRIGÉSIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano que respondía en vida al nombre de PEÑA JOSÉ DARIO, titular de la cédula de identidad 6.051.719, por haberse extinguido la acción penal, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° relación con el 48 ordinal 1°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Representante del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes, déjese; copia certificada de la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL (E ),
DRA. LUISA ARMENIA PARRA
LA SECRETARIA,
ABG. JUDITH CAMACHO
En esta.....