En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos Marlon Mario Tovar Rangel y Yadira de las Nieves Vega Villarroel, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 15 de diciembre de 1989, por ante el Juzgado Quinto de la Parroquia de Distrito Federal (hoy Capital) del Circuito Judicial N° 1, de los Libros de Registro Civil llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1989