"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el siguiente inmueble constituido por: "Un Lote de terreno que forma parte de otro de mayor extensión, situado en el sector Tusmare, Jurisdicción del Municipio "El Hatillo", del Estado Miranda; y consecuencialmente se declara la desposesión jurídica del mismo de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se puso en posesión jurídica de la Depositaria Judicial La General de Depósitos Judiciales S.A., en la persona de su representante ciudadano CARLOS BERMUDEZ, antes identificado, quien aceptó conforme en nombre de su representada y, vista la solicitud formulada por el apoderado judicial de la parte ejecutante, este Tribunal ordeno mantener la comisión en el archivo..."