Finalmente una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan el recurso pertinente contra esta sentencia interlocutoria, este Juzgado fijará por auto separado la oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, no siendo necesaria la notificación de las partes en virtud que las mismas se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo se ordena librar oficio a la Coordinación de Secretarios a los fines que excluya al presente asunto al sorteo de audiencia preliminar correspondiente para el día 08 de junio de 2015 a las 11:00 a.m. Todo ello en juicio que por accidente de trabajo y otros conceptos laborales han incoado los ciudadanos Jussey Lopez y otros contra de Venezolana de Aluminio (Venalca) C.A.Líbrese oficio.-