Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Décimo (10º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos NERIO TORRES DEPABLOS y MARIA MARGARITA MARQUEZ MENDEZ, ambos identificados al inicio de éste fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 27 de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta quedó inserta bajo el Acta Nº 168, folio 168, de fecha 27 de junio de 1986, del Libro de Registro Civil de matrimonio del año 1986. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distr.....