En mérito y fundamento de las anteriores consideraciones, esta Jueza Unipersonal de la Sala de Juicio XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALEMNTE CON LUGAR la presente demanda de fijación y Extensión de Obligación Alimentaria Hoy denominada OBLIGACIÓN DE MANUTENCION a la luz de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobada el 10 de diciembre de 2007, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.859, incoada por la ciudadana incoada por la ciudadana ROSLEY AILATY GONZÁLEZ MONSALVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.676.247, actuando en nombre y representación de su hija, la adolescente XXXX, contra el ciudadano HERNÁN ELOY RIVAS DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-.....