...DECLARA: que EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer la reclamación intentada por el ciudadano RONALD GREGORIO LEÓN DÍAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.999.873, en contra de la empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A. Sociedad Mercantil filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. constituida y domiciliada en Caracas, originalmente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha dieciséis (16) de noviembre de 1978, bajo el N° 26, Tomo 127-A Sgdo y cuyo documento Constitutivo-Estatutos ha sufrido diversas reformas, siendo la última la que consta en instrumento inscrito por ante el referido Registro Mercantil en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2002, bajo el Nº 60, Tomo 193-A Sgdo., por motivo de Estabilidad Laboral, Reenganche Y Pago De Salarios Caídos. En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: Suspender el procedimiento a partir de la presente fecha en v.....