PRIMERO: Se acuerda MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al joven IDENTIDAD OMITIDA, por el tiempo que le resta de la sanción, en virtud que la misma no es contraria a su proceso de desarrollo y aún de los Informes evolutivos, que rielan en el expediente, se desprende que existe la necesidad de continuar trabajando las diferentes áreas que se mencionan en el Plan de Acción del sancionado, a objeto que el mismo logre superar las carencias presentes en este momento, internalizando aun mas su problemática actual y poder de esta forma reinsertarse a la sociedad con un Plan de Vida dirigido al éxito y a la no reincidencia en hechos de esta naturaleza; sino por el contrario al logro de metas personales, aptitudes positivas y una mejor capacitación laboral con las cuales pueda desenvolverse de manera productiva y real ante la comunidad, manteniendo con ello la progresividad de la medida. Sin embargo esto no significa que la misma no pueda ser nuevamente revisada tal como lo establece la le.....