este Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente demanda, ejercida por la abogada MARÍA VALENTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 162.511, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa por la empresa CERVECERIA POLAR, C.A., contra el Acto Administrativo contenido en la Certificación N° 0282-2012, de fecha 11 de julio de 2012, emanada de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA "DELEGADO DE PREVENCIÓN JESÚS BRAVO" DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), notificada en fecha 09 de octubre de 2012, por el cual certifica enfermedad ocupacional agravada con ocasión del trabajo al ciudadano LUIS BAUTISTA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 8.646.803