este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el juicio seguido por los ciudadanos MANUEL JOSE FARIAS MAGDALENA, WILLIAM ALEXANDER LOPEZ y DANIEL AUGUSTO ZURITA VILLAMIZAR contra la empresa VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE, S.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, conforme al artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.