(...)Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el punto previo opuesto por las representantes de las empresas FONDO DE RESTAURANTES EL TOLON C.A., Y YAMATO SUSHI BAR, C.A., en relación a la cosa juzgada. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por los representantes de la demandada en invalidación de sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. (...)