Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se declara INCOMPETENTE para seguir conocer del presente recurso, conforme a los preceptos normativos y jurisprudenciales anteriores citados. En consecuencia, este juzgador a fin de salvaguardar los principios de la celeridad y economía procesal, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente previa distribución, a fin que dicho Tribunal conozca del recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan José Niño Silverio, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Inversiones Playa Real C.A.