Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por el abogado ALFREDO LAMEDA, contra el auto de fecha 08 de octubre de 2012 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual negó la apelación ejercida por la representación judicial de la empresa SAVAKE C.A., en contra del auto dictado en fecha 01.10.2012. SEGUNDO: Se revoca el auto recurrido y se ordena al mencionado Juzgado a oír la apelación ejercida por la parte demandada el día 03.10.2012, en ambos efectos.