Vista la diligencia de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2016, suscrita por el ciudadano LUIS MEDINA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, en consecuencia de ello, este Tribunal de conformidad a los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, transcurrido el lapso de ley se dará por terminado el presente procedimiento y se ordenará el cierre Informático y archivo del expediente.-