Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por la abogado NURY GARCÍA, contra el auto de fecha 19.10.2017 dictado por el Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual negó la apelación ejercida por la referida representación judicial en contra del auto de fecha 17.10.2017. SEGUNDO: Se confirma el auto recurrido.