Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Prohibición de enajenar y gravar de las acciones de la sociedad de comercio Tiburones BBC, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de septiembre de 2004, bajo el Nº 90, Tomo 975-A que aparecen a nombre de la compañía portuguesa Axoya Consultaduria y Marketing Ltda.
SEGUNDO: Prohibición de inscribir actos societarios de la expresada sociedad de comercio Tiburones BBC, C.A, incluido, entre otros, Asamblea Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas, nombramiento o sustitución de administradores.
Se ordena oficiar lo conducente al Servicio Autónomo de Notarías (SAREN), al Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrit.....