En consecuencia, por lo motivos antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: Ordena LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ZARPE DEL BUQUE TANQUE "M.T. EAGLE PHOENIX", para lo cual se resuelve notificar mediante oficio a la Capitanía de Puerto de Puerto La Cruz de la Circunscripción Acuática del Estado Anzoátegui, y de conformidad con el artículo 104 de la Ley de Comercio Marítimo, remitirlo vía fax al número (0281) 2630194.
SEGUNDO: Declara TERMINADO el procedimiento y ordena el archivo del expediente.
Líbrese oficio y remítase vía fax.