Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual este tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos expuestos por los solicitantes en el escrito presentado el 5 de agosto de 2015, con las modificaciones y ampliaciones realizadas en el escrito presentado el 26 de noviembre de 2015.
Se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de las copias respectivas, mediante diligencia.
Devuélvase la copia certificada que cursa en el expediente, si así fuere solicitada por las partes, previa su certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos antes mencionados, una vez que sean suministradas las respectivas copias.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada al primero (1º.....