En virtud del acuerdo logrado en fase de mediación, que cumple con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, artículos 9 y 10 de su Reglamento y artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se Homologa con Fuerza de Cosa Juzgada. En este acto se devuelven las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar y se da por terminada la audiencia preliminar.