Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos MARIO ALEJANDRO GARCIA MONTES y ANA MARIA CASTAÑO O`BYRNE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-15.930.558 y V-13.927.102, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 del Código Civil y decretada por este Tribunal en fecha en fecha diecisiete (17) de diciembre de 2013. En consecuencia, queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 21 de diciembre de 2012, ante el Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda.